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    <identificador>BOCM-20210318-111</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 3. Procedimiento 280/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3
111Leganés número 3. Procedimiento 280/2018
EDICTO
En este Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Leganés se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso número 280/2018 entre Dña. Abigail Rodríguez Martín y D. Israel Álvarez Martín, en reclamación de divorcio contencioso, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
Estimando la demanda interpuesta debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de los cónyuges doña Abigail Rodríguez Martín y don Israel Álvarez Martínez con los efectos legales inherentes a dicha solicitud, entre ellos la disolución del régimen económico matrimonial y la revocación de los poderes y consentimientos que cualquiera de ellos se hubiese otorgado.
No procede expresa imposición de las costas procesales.
Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que la misma no es firme y que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se presentará, en su caso, ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de que dimana, la pronuncio, mando y firmo.
Publicación
Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el juez que la ha dictado, estando celebrando la Audiencia Pública del mismo día de su fecha..Doy fe.
Y para que sirva de notificación a D. Israel Alvarez Martín expido y firmo la presente en Leganés, a 30 de noviembre de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/8.237/21)</texto>
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