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    <identificador>BOCM-20210318-112</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Majadahonda número 8. Procedimiento 452/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 8
112Majadahonda número 8. Procedimiento 452/2018
EDICTO
Dña. Concepción Alvariño Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 8 de Majadahonda.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 452/2018, instados por el procurador D. Luis Ignacio Ibáñez Ron, en nombre y representación de D. Pedro Carlos Araque Martínez, contra Dña. Samanta Morales Palou, en reclamación de 3.781,61 euros, en los que se ha dictado en fecha 5 de febrero de 2020 sentencia con número 17/20 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“Debo estimar y estimo sustancialmente la demanda interpuesta a instancias del procurador Sr. Ibáñez Ron, en nombre y representación de D. Pedro Carlos Araque Martínez, contra D.a Samanta Morales Palou, en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia, condeno a la demandada al abono a la actor de la suma de 3.181,61 euros más los intereses legales desde la interposición de la demanda. Con imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación a interponer en el plazo de veinte días, ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial”.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dña. Samanta Morales Palou y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Majadahonda, a 1O de febrero de 2021..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/7.502/21)</texto>
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