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    <identificador>BOCM-20210325-163</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Procedimiento 1015/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>71</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
163Madrid número 33. Procedimiento 1015/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ALMUDENA BOTELLA GARCIA-LASTRA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1015/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. M M RAHMAN SHAHEEN frente a CANADA LUBERON S.L. y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

FALLO

Estimo la demanda formulada por D. M M RAHMAN SHAHEEN y condeno a CANADA LUBERON, S.L. a abonarle 1.667,50 euros de principal así como 96,69 euros de interés por mora.

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno. 
 
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
 
Y para que sirva de notificación en legal forma a CANADA LUBERON S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de febrero de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.403/21)</texto>
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