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    <identificador>BOCM-20210330-141</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/03/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ávila número 1. Procedimiento 586/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>75</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1
141Ávila número 1. Procedimiento 586/2020
EDICTO
D/Dª MARIA JESUS MARTÍN CHICO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de AVILA.
HAGO SABER: Que en el procedimiento ordinario 586 /2020 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ICIAR LOPEZ GARCIA contra la empresa MATURACLOSET SL, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 
 
FALLO 
 
Estimo la demanda interpuesta por D. ICIAR LÓPEZ GARCIA frente a la empresa MATURACLOSET SL, condenando a esta a abonar la cantidad de mil doscientos cuarenta y seis euros con diecisiete céntimos de euro (1.246,17 euros) con el interés de demora del 10%. 
  
Notifíquese a las partes en legal forma, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe interponer recurso de suplicación en aplicación del artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. 
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
 
Y para que sirva de notificación en legal forma a MATURACLOSET SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila y Boletín oficial de la comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 
 
En AVILA, a cuatro de marzo de dos mil veintiuno. 
 
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA  
(03/8.012/21)</texto>
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