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    <fecha_publicacion>2021/03/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 855/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>76</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
188Madrid número 39. Procedimiento 855/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Margarita Martínez González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 855/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Robles Alameda, frente a Tropiana Building Euro 2000, S. L. U., y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
Estimando la demanda interpuesta por don José Manuel Robles Almeda, frente a la empresa Tropiana Building Euro 2000, S. L. U., en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa al abono a la demandante de la suma de 5.710,77 euros, en concepto de cantidad salarial neta reclamada, que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora.
Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Tropiana Building Euro 2000, S. L. U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 2 de marzo de 2021..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/8.135/21)</texto>
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