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    <titulo>– Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
46Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que por decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 2084/2021, de 23 de abril, se han aprobado las bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo para la contratación, como personal laboral fijo, mediante los procesos selectivos extraordinarios de consolidación y de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, por el sistema de concurso, de diez y una plazas, respectivamente, de Técnico Conductor del Servicio de Emergencias.
Las bases se encuentran expuestas íntegramente en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, y en la página web municipal (http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org/ [Pestaña Tu Ayuntamiento/Oferta de Empleo Público]).
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de la convocatoria.
Contra dichas bases, como acto que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46, y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:
.	Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
.	Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Asimismo, podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Boadilla del Monte, a 26 de abril de 2021..El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.
(01/15.043/21)</texto>
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