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    <identificador>BOCM-20210518-72</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/05/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 485/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>117</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
72Madrid número 18. Procedimiento 485/2021
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento diligencias previas 485/2021 por un presunto delito de delitos sin especificar, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

El juez/magistrado-juez que lo dicta: DON ÁNGEL JOSÉ LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 22 de marzo de 2021.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único..En este Órgano Judicial se han recibido las actuaciones que preceden en virtud de denuncia de particular, con fecha 16/3/2021.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero..Que los hechos arriba descritos y que resultan de las actuaciones practicadas presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal.

Segundo..Aparte de que pudo corregir la declaración antes de firmarla, habría declarado a presencia judicial donde ha podido aclarar cualquier imprecisión o malentendido en su declaración, con lo que no está determinada la conducta denunciada y procede acordar el sobreseimiento provisional a tenor del artículo 641.1 de la LECrim.

Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

Incóese diligencias previas, al mismo tiempo, se decreta su sobreseimiento provisional.

Póngase esta resolución en conocimiento del Ministerio Fiscal que servirá de parte de incoación y una vez firme archívense las presentes actuaciones.

Contra esta resolución cabe recurso de reforma en el plazo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.

Lo acuerda y firma S. S.ª Doy fe..El Juez/Magistrado-Juez..El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a DON CARLOS PÉREZ CENTENO expido y firmo la presente.

En Madrid, a 20 de abril de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/14.496/21)</texto>
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