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    <identificador>BOCM-20210519-116</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/05/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 6. Procedimiento 216/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>118</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6
116Colmenar Viejo número 6. Procedimiento 216/2019
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos número 216/2019, por no ser conocido el domicilio de doña Laura Barbado López, por resolución de fecha 18 de marzo de 2021, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia de fecha 15 de febrero de 2021, para lo cual se expone los antecedentes de hecho y el fallo de la misma:
Antedecentes de hecho:
Primero..Con fecha 25 de marzo de 2019 se interpuso demanda de juicio verbal promovido a instancias de Canal de Isabel II Gestión, S. A., contra doña Laura Barbado López, ejercitándose acción de reclamación de cantidad.
En dicha demanda, tras exponer los hechos y alegar los fundamentos de derecho que estimó convenientes en apoyo de sus pretensiones, terminó suplicando al Juzgado se admitiera a trámite la demanda, se le tuviese por parte, se sustanciase el procedimiento con arreglo a derecho y, en su día, se dictase sentencia, estimándose sus pretensiones e imponiendo las costas del juicio al demandado.
Segundo..No habiéndose opuesto la demandada por diligencia de 12 de enero de 2021 se declaró en rebeldía.
Dado traslado a la parte actora y no interesada la celebración de la vista quedaron los autos para dictar sentencia.
Tercera..En la tramitación de estos autos se han observado todos los trámites legales.
Fallo
Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Mansilla García, en nombre y representación de Canal de Isabel II Gestión, S. A., contra doña Laura Barbado López, ejercitándose acción de reclamación de cantidad.
Condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.107,42 euros intereses legales y costas.
Y para que sirva de notificación a doña Laura Barbado López expido y firmo la presente.
En Colmenar Viejo, a 18 de marzo de 2021..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/14.564/21)</texto>
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