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    <identificador>BOCM-20210531-115</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/05/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento 987/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>128</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
115Madrid número 3. Procedimiento 987/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 987/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JEFFERSON BERNAL ARIAS frente a SEDALBE MONT INTEG SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 413/2021.

DECRETO

En Madrid, a veintinueve de abril de dos mil veintiuno.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. JEFFERSON BERNAL ARIAS de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEDALBE MONT INTEG SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de abril de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.410/21)</texto>
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