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    <identificador>BOCM-20210625-7</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2021/06/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2021/06/13</fecha_disposicion>
    <titulo>Aspirantes proceso selectivo
– Resolución de 14 de junio de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban y publican las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
7RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban y publican las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1.
Mediante Orden 1143/2019, de 16 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de enero de 2020; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de enero de 2020), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Jefe de Equipo, Grupo C, Subgrupo C1.
De conformidad con lo establecido en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
HA RESUELTO
Primero
Aprobar y publicar, como Anexo a esta Resolución, las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en las citadas pruebas selectivas de promoción interna, que se expondrán, asimismo, en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en el enlace “https://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid”, o a través del Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Igualmente, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web “https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-jefe-equipo-c1-pi”.
Segundo
Hacer público que no existen aspirantes excluidos provisionalmente del mencionado proceso selectivo.
Tercero
De acuerdo con lo previsto en la base 9.2 de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, los aspirantes que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar su no inclusión expresa en la relación provisional de admitidos al referido proceso.
Cuarto
1.  La subsanación se realizará mediante el impreso que se incorpora a esta Resolución, pudiendo cumplimentarse de forma manual, o por medios electrónicos accediendo a aquel a través del enlace “https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/bomberos-jefe-equipo-c1-pi”, en la sección “Listados de admitidos y excluidos”.
En todo caso, al señalado modelo habrá de acompañarse copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 1143/2019, de 16 de diciembre.
2.  El impreso aludido, junto con la documentación acreditativa correspondiente, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Función Pública, debiendo ser presentados en cualquiera de los lugares y formas que se detallan a continuación:
a)	El modelo cumplimentado por medios electrónicos podrá presentarse por Internet, utilizando el formulario disponible en www.comunidad.madrid, de conformidad con lo establecido en el punto 1 de este apartado cuarto, anexándose al mismo, en el momento de su presentación, la documentación justificativa que hubiera de aportarse. La presentación podrá realizarse en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración Pública, según lo previsto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
	Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
	De no optar por la presentación telemática, los participantes, una vez que hubieran cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el documento obtenido, y presentarlo, junto con la documentación que proceda, en alguno de los lugares que se relacionan seguidamente en la letra b).
b)	El modelo cumplimentado de forma manual, junto con la documentación correspondiente, serán presentados en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, según indica el apartado primero de esta Resolución, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha Entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Función Pública (calle Los Madrazo, número 34, 28014 Madrid).
Quinto
En relación al dato declarado por los aspirantes en su solicitud de admisión a las presentes pruebas selectivas, referente a la posesión de alguna de las titulaciones requeridas en la base 2.1 de la Orden de convocatoria o a la posesión de la experiencia sustitutoria de dichas titulaciones de conformidad con lo determinado en esa base, y que puede consultarse en el apartado “Forma de acceso” de la relación provisional de admitidos aprobada y publicada por esta Resolución, aquellos aspirantes que, en su caso, hayan de modificar la declaración que hubieran formulado en su instancia sobre el mencionado requisito de participación recogido en la reiterada base 2.1, dispondrán del plazo ya señalado en el apartado tercero para efectuar la oportuna modificación, haciendo constar expresamente en el impreso antes aludido si poseen la titulación académica exigida o, en su defecto, la experiencia sustitutoria, indicando, en este último caso, solo una de las alternativas establecidas a tal fin en aquella base (la posesión de diez años de antigüedad en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2, o la posesión de cinco años de antigüedad en esos Cuerpos o Escalas junto con la superación, en los términos contemplados en la base 2.2 de la reseñada Orden, del curso específico de formación previsto en la Disposición Adicional Vigésima Segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto).
En el supuesto de indicarse la posesión tanto de la titulación como de la experiencia sustitutoria correspondiente, se entenderá, a todos los efectos, que el aspirante posee la titulación requerida.
En el supuesto de consignarse la posesión tanto de diez años de antigüedad en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 como de cinco años de antigüedad en dichos Cuerpos o Escalas junto con la superación del referido curso específico de formación, se entenderá que el aspirante concurre por la segunda de las alternativas expuestas, al resultar la más favorable a efectos de lo dispuesto en la base 6.2.1.a) de la Orden de convocatoria.
Sexto
De no realizarse por los interesados actuación alguna en el plazo y forma expresados o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso de referencia.
Dado en Madrid, a 14 de junio de 2021..La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.






















(03/21.395/21)</texto>
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