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    <fecha_publicacion>2021/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 4/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
55Madrid número 8. Ejecución 4/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid.
HAGO SABER: Que en la Ejecución nº 4/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JONHATTAN ANDRES GATICA PALACIOS frente a GRUPO BURSAN 2000 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto de fecha 16/02/2021 despachando orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, JONHATTAN ANDRES GATICA PALACIOS, frente a la demandada GRUPO BURSAN 2000 SL, parte ejecutada, por un principal de 16.850,01 euros, más 1.685,00 euros y 1.685,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación., impugnable mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, y cuyo contenido consta en autos.
Decreto de fecha 16/02/2021 en orden a dar efectividad a la citada orden general de ejecución, contra el que cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, y cuyo contenido consta en autos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO BURSAN 2000 SL y G. BURSAN MANTENIMIENTO Y CONTROL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de febrero de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.012/21)</texto>
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