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    <fecha_publicacion>2021/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 990/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
82Madrid número 8. Procedimiento 990/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 990/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DIANA DONOFRIO ESLAVA frente a VALDEKID SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la resolución número 517/2021:
DECRETO
En Madrid, a veintinueve de junio de dos mil veintiuno.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La presente demanda ha sido promovido por D./Dña. DIANA DONOFRIO ESLAVA, figurando como parte contraria VALDEKID SL.
SEGUNDO.- La parte demandante que ha sido citada en legal forma, no ha comparecido el día y a la hora que estaba señalada, ni ha alegado causa para justificar su inasistencia.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. DIANA DONOFRIO ESLAVA de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VALDEKID SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintinueve de junio de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/23.960/21)</texto>
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