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    <identificador>BOCM-20211125-20</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR</departamento>
    <rango>ACUERDO</rango>
    <fecha_publicacion>2021/11/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2021/10/26</fecha_disposicion>
    <titulo>Creación sede electrónica
– Acuerdo 12/2021, de 27 de octubre, del administrador provisional de Radio Televisión Madrid, S. A. U., sobre la creación de la sede electrónica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Consejería de Presidencia, Justicia e Interior</organismo>
    <organismo>RADIO TELEVISIÓN MADRID, S. A.</organismo>
    <tipo_disposicion>ACUERDO</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR
RADIO TELEVISIÓN MADRID, S. A.
20ACUERDO 12/2021, de 27 de octubre, del administrador provisional de Radio Televisión Madrid, S. A. U., sobre la creación de la sede electrónica.
En función de las facultades previstas en el artículo 22.3 de la Ley 8/2015, según la redacción otorgada por la Ley 1/2021, de 9 de julio, de modificación de la Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid que, a su vez, se detallan en el artículo 25, de la precitada Ley 8/2015, el Administrador Provisional de RTVM ha acordado:
Primero
De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos; en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos; en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las personas tienen derecho a relacionarse por medios electrónicos con el sector público, simplificando el acceso al mismo, y reforzando el empleo de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), tanto para mejorar la eficiencia de su gestión como para potenciar y favorecer las relaciones de colaboración y cooperación entre ellos.
Por todo ello, por el presente Acuerdo se crea la sede electrónica de la Radio Televisión Madrid, S. A. U., con las siguientes características:
a)	Se realizarán a través de la sede electrónica de Radio Televisión Madrid, S. A. U. (en lo sucesivo, RTVM) todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de RTVM y/o de los ciudadanos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
b)	La dirección electrónica de referencia de la sede será https://sede.telemadrid.es
c)	El titular de la sede electrónica será el Administrador Provisional o el Director General de la sociedad.
d)	La gestión tecnológica de la sede corresponderá a la Subdirección de Sistemas de la Información.
e)	Será responsable de la gestión de los procedimientos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede electrónica de Radio Televisión Madrid, S. A. U., la Jefatura de Área de Relaciones Laborales.
f)	El canal de acceso a los servicios disponibles en la sede electrónica será a través de Internet en la dirección electrónica https://sede.telemadrid.es
g)	En cada una de las secciones existentes en la sede electrónica existirá un formulario normalizado para la presentación de escritos y documentos dirigidos a RTVM. Dicha presentación se hará a través del registro electrónico de RTVM, y requiere la identificación y firma del ciudadano con los sistemas de firma electrónica incorporados al documento nacional de identidad o cualquiera de los sistemas de firma electrónica avanzada admitidos por la Administración General del Estado y/o por la Comunidad de Madrid.
Segundo
El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 27 de octubre de 2021..El Administrador Provisional de RTVM, José Antonio Sánchez Domínguez.
(01/32.362/21)</texto>
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