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    <titulo>– Móstoles. Régimen económico. Cuenta general</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
66Móstoles. Régimen económico. Cuenta general
La Cuenta General de esta Entidad Local correspondiente al ejercicio económico 2020, redactada conforme a lo establecido en el artículo 209 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004), cuenta integrada por:
.	La del Ayuntamiento.
.	La de los Organismos Autónomos dependientes de este Ayuntamiento que a continuación se relacionan:
	Patronato Municipal de Escuelas Infantiles.
	Gerencia Municipal de Urbanismo.
.	La de las Sociedades Mercantiles de capital Íntegramente propiedad de la Corporación siguientes:
	Móstoles Desarrollo Promoción Económica, S. A.
	Instituto Municipal del Suelo, S. A. (I.M.S., S. A.)
La citada cuenta y el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, se hallan de manifiesto en la Dirección General de Presupuestos y Contabilidad de este Ayuntamiento, para su examen y formulación por escrito de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan.
Para la impugnación de la Cuenta se observará:
a)	Plazo de exposición: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Plazo de admisión: los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo anterior y ocho días más.
c)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Móstoles.
d)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En Móstoles, a 29 de noviembre de 2021..La alcaldesa (firmado).
(03/33.255/21)</texto>
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