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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2021/12/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Delegación competencias
– Acuerdo de 17 de noviembre de 2021, del Consejo de Administración del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), por el que se delegan en el Director-Gerente del Organismo determinadas competencias en materia de subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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    <organismo>O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural,  Agrario y Alimentario (IMIDRA)</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA
O. A. INSTITUTO MADRILEÑO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO RURAL, AGRARIO Y ALIMENTARIO (IMIDRA)
44ACUERDO de 17 de noviembre de 2021, del Consejo de Administración del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), por el que se delegan en el Director-Gerente del Organismo determinadas competencias en materia de subvenciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 11 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, se adopta el siguiente
ACUERDO
Primero
Delegar, en el Director-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario, las competencias relativas a la concesión de subvenciones, así como la aprobación de los documentos contables asociados a los actos de concesión.
Segundo
Esta delegación comprende la concesión de subvenciones, la desestimación de las solicitudes de subvención, la aceptación de la renuncia o el desistimiento de los beneficiarios, la revocación de subvenciones, la iniciación y resolución de los procedimientos de reintegro y la devolución de avales, fianzas y demás garantías en materia de subvenciones.
Tercero
El presente acuerdo producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de noviembre de 2021..La Presidenta del Consejo de Administración, Paloma Martín Martín.
(03/33.395/21)</texto>
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