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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Distrito de Barajas. Plan especial control ambiental usos</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Distrito de Barajas
60Madrid. Urbanismo. Distrito de Barajas. Plan especial control ambiental usos
Acuerdo del Pleno, de 26 de octubre de 2021, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de usos para la implantación de la actividad de supermercado de alimentación en la avenida de la Hispanidad, número 13, del Distrito de Barajas, barrio Alameda de Osuna, promovido por Renta 21, S .L., Distrito de Barajas.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (18/2021) ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero..Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para Implantación de la actividad de supermercado de alimentación en la avenida de la Hispanidad, número 13, del Distrito de Barajas, barrio Alameda de Osuna, promovido por Renta 21, S. L. una vez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de Aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 15 de abril de 2021.
Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Tercero..Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto..El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido, con fecha 24 de noviembre de 2021, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 16 de diciembre de 2021..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/358/22)</texto>
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