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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 49/2022</titulo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
124Madrid número 37. Ejecución 49/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 37 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 49/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. NOE ALBERTO AMAYA MORALES frente a OBRAS Y REFORMAS INTELIGENTES CORDOBA 2 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
AUTO
En Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil veintidós.
PARTE DISPOSITIVA
1.  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. NOE ALBERTO AMAYA MORALES frente a OBRAS Y REFORMAS INTELIGENTES CORDOBA 2 SL.
2.  Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, a través del Punto Neutro Judicial, informe de vida laboral del trabajador, y adviértase asimismo a la parte atora que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditar a través de la presentación de las correspondientes Nóminas, el período de prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad. (art.56.1 del E.T.)
En Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil veintidós.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 14/10/2021, a la empresa OBRAS Y REFORMAS INTELIGENTES CORDOBA 2 SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. NOE ALBERTO AMAYA MORALES y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3 , Planta 6. - 28008, el día 30/03/2022, a las 12:15 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposicion ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Notifíquese esta resolución a las partes.
Y para que sirva de notificación en legal forma a OBRAS Y REFORMAS INTELIGENTES CORDOBA 2 SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid , a veintiocho de febrero de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.346/22)</texto>
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