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    <titulo>Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Villa del Prado</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
88Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Villa del Prado
SECRETARÍA DE GOBIERNO
DON SEBASTIÁN LASTRA LIENDO, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en sesión celebrada el 18 de octubre de 2021 ha adoptado el siguiente acuerdo:
3.  Séptimo. Villa del Prado. Renuncia del juez de paz sustituto.
Se da cuenta del escrito de renuncia del Juez de Paz sustituto de Villa del Prado, D. Manuel Calle Cuadrado de 9 de agosto del 2021 con entrada en este Tribunal el día 11 de Octubre de este año.
La Sala de Gobierno por Unanimidad Acuerda: Aceptar la renuncia del Juez de Paz sustituto de Villa del Prado, D. Manuel Calle Cuadrado, presentada ante este Tribunal en escrito de fecha 9 de agosto, con entrada en este Tribunal el día 11 de Octubre de este año, haciéndose la misma efectiva en desde el 1 de septiembre de 2021 al alegar D. Manuel Calle Cuadrado el no residir ya en dicha localidad.
En este mismo acto se requiere al Ayuntamiento de Villa del Prado para que inicie los trámites a fin de presentar candidato para el cargo de Juez de Paz sustituto de su localidad, ahora vacante.
Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder Judicial al Ayuntamiento y Juzgado de Paz de Villa del Prado y al interesado.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 27 de Octubre del 2021.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO Sebastián Lastra Liendo
(03/4.700/22)</texto>
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