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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Estudio Detalle</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>POZUELO DE ALARCÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO
93Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Estudio Detalle
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se anuncia que el Pleno, en sesión de 24 de febrero de 2022, ha aprobado definitivamente el Estudio de Detalle del APR 3.2-03 B “Conexión salida norte M-40/Avenida Juan XXIII”. La parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo que afecta a dicha aprobación, tiene el siguiente tenor literal:
“Primero..Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle del APR 3.2-03 B “Conexión salida norte M-40/Avenida Juan XXIII” del Plan General de Ordenación Urbana, formulado de oficio por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, concretado en el documento que ya fue aprobado inicialmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 a 61 la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid con las siguientes condiciones que se derivan de los informes obrantes en el expediente:
1.a	Conforme a lo establecido en la ficha del PGOU, una vez se apruebe definitivamente el Estudio de Detalle que ahora se informa, se procederá a tramitar un convenio con anexo reparcelatorio en el que se establezca la compensación o ubicación de los aprovechamientos no materializables en el ámbito.
2.a	En el posterior proyecto de reparcelación deberá realizarse una representación gráfica alternativa de todas las parcelas catastrales afectas por el desarrollo del presente ámbito de planeamiento, dado que existen diferencias de delimitación entre el límite del ámbito y las fincas catastrales que son lindero con este”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el día 22 de marzo de 2022 se ha depositado un ejemplar debidamente diligenciado del Estudio de Detalle en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid. 
Contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro que se estime procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.
En Pozuelo de Alarcón, a 22 de marzo de 2022..El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/5.902/22)</texto>
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