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    <identificador>BOCM-20220412-25</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE SANIDAD</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2022/04/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Plan estratégico subvenciones
– Orden 458/2022 de 30 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se corrigen errores de la Orden 318/2022, de 7 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>87</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE SANIDAD</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE SANIDAD
25ORDEN 458/2022 de 30 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se corrigen errores de la Orden 318/2022, de 7 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Advertido error material en la Orden 318/2022, de 7 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2022 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el apartado 5 del Anexo de la citada Orden, Programa 312B: Atención Primaria de Salud.
.	Donde dice:
“Subvención de concesión directa a favor de la Asociación Adela Madrid para la atención domiciliaria de las personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y la información y formación sanitaria de pacientes y familias”.
.	Debe decir:
“Subvención nominativa a favor de la Asociación Adela Madrid para la atención domiciliaria de las personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y la información y formación sanitaria de pacientes y familias”.
En el apartado 5 del Anexo de la citada Orden, Programa 313C: Summa 112:
.	Donde dice:
“Subvención de concesión directa a favor de la Asociación Madrileña para la Lucha contra las Enfermedades del Riñón (ALCER), para la coordinación de las necesidades de transporte sanitario terrestre no urgente de pacientes en hemodiálisis a cargo del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid”.
.	Debe decir:
“Subvención nominativa a favor de la Asociación Madrileña para la Lucha contra las Enfermedades del Riñón (ALCER), para la coordinación de las necesidades de transporte sanitario terrestre no urgente de pacientes en hemodiálisis a cargo del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid”.
Madrid, a 30 de marzo de 2022.
		El Consejero de Sanidad, 		ENRIQUE RUIZ ESCUDERO
(03/6.568/22)</texto>
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