<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20220418-96</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2022/04/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Velilla de San Antonio. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor terrenos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>91</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20220418-96</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/04/18/BOCM-20220418-96.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/04/18/BOCM-20220418-96.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/04/18/BOCM-20220418-96.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/04/18/BOCM-20220418-96.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>VELILLA DE SAN ANTONIO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
96Velilla de San Antonio. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor terrenos
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2022, acordó, entre otros, la aprobación provisional de la modificación de ordenanza fiscal reguladora del impuesto número 3, sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://velilladesanantonio.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Velilla de San Antonio, a 4 de abril de 2022..La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.
(03/6.853/22)</texto>
</documento>