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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Otros anuncios. Pérdida o caducidad derecho funerario</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>TORREJÓN DE ARDOZ</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
OTROS ANUNCIOS
66Torrejón de Ardoz. Otros anuncios. Pérdida o caducidad derecho funerario
«En uso de las atribuciones que me confiere la vigente legislación y de conformidad con el artículo 33.a) del vigente Reglamento del Cementerio que literalmente dice: “Se decretará la pérdida o caducidad del derecho funerario, con reversión de la correspondiente unidad de enterramiento al Ayuntamiento, y previa audiencia del titular que esté en los registros municipales con notificación al último domicilio que conste y por plazo de diez días hábiles en los siguientes casos: 
a)	Por el transcurso de los plazos por los que le fue concedido el derecho, sin haberse solicitado su renovación o prórroga, en las concesiones renovables y de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento”.
He resuelto la pérdida del derecho funerario de las unidades de enterramiento que a continuación se relacionan:

El presente decreto se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID cuando no se haya podido practicar notificación individual positiva, tablón de edictos municipal y se dará traslado al titular que conste en los archivos del cementerio.
Torrejón de Ardoz, a 18 de febrero 2022..El concejal-delegado de Obras, Limpieza Urbana y Administración (DA de 11 de noviembre de 2019), Valeriano Díaz Baz».
Torrejón de Ardoz, a 5 de abril de 2022..El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla.
(02/7.196/22)</texto>
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