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    <titulo>– Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
56Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Aprobados definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones, los expedientes de modificaciones presupuestarias número 02/2022 y 03/2022, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales, resultante de la liquidación del ejercicio anterior y que fueron aprobadas inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de marzo del 2022, y expuesto al público de forma inicial por anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 87, de fecha 12 de abril de 2022.
A los efectos del artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se inserta anuncio por aplicaciones presupuestarias del presupuesto en vigor, una vez incorporadas las modificaciones aprobadas y según el siguiente detalle:
.	Expediente 02/2022, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales resultante de la liquidación del ejercicio anterior por importe, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Financiación: 
870.00 Remante de tesorería para gastos generales: 52.500,00 euros.
.	Expediente 03/2022, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Financiación: 
870.00 Remante de tesorería para gastos generales: 169.500,00 euros.
Contra la aprobación definitiva de estos expedientes, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgados de lo Contencioso de Madrid, con los requisitos y formalidades contemplados en el citado texto articulado.
Belmonte de Tajo, a 10 de mayo de 2022..El alcalde, Amador Salinas Haro.
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