<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20220511-81</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2022/05/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 37. Procedimiento 853/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>111</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20220511-81</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/05/11/BOCM-20220511-81.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/05/11/BOCM-20220511-81.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/05/11/BOCM-20220511-81.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/05/11/BOCM-20220511-81.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 37
81Madrid número 37. Procedimiento 853/2020
EDICTO
D./DÑA. PATRICIA IRABURU ECHÁVARRI LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 37 DE MADRID
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 853/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N° 11/2022
En Madrid a 17 de marzo de 2022.
Don/ña. PURIFICACION ELISA ROMERO PAREDES, MAGISTRADA-JUEZ del Juzgado de Instrucción número 37 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de Juicio por Delito Leve nº 853/2020 seguidos por delito leve de estafa, con intervención del Ministerio Fiscal, en el ejercicio de la acción pública, siendo denunciante FAUSTINO JAVIER MARTIN NOGUEIRA, y denunciado AYUB JEBBAR MUSTAFA, constando en autos sus demás circunstancias personales, y recayendo la presente Resolución en base a los siguientes:
FALLO
Que debo absolver y absuelvo, de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones a AYUB JEBBAR MUSTAFA declarando de oficio las costas procesales ocasionadas
Notifíquese a las partes esta resolución en legal forma instruyéndoles de que contra la misma puede interponerse recurso de apelacion para ante la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, dentro del plazo de cinco dias siguientes a su notificación, quedando, durante este periodo, las actuaciones en Secretaría a disposición de la las partes, cuyo recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los arts. 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a AYUB JEBBAR MUSTAFA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOCAM, expido la presente.
En Madrid, a 20 de abril de 2022.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/7.912/22)</texto>
</documento>