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    <fecha_publicacion>2022/05/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 31/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
10Móstoles número 1. Ejecución 31/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 31/2022 (ejecución) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D./Dña. PRECIOSA JARABE MENDOZA, frente a BROTHER CHEF, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 7.620,11 euros (desglosados según consta en auto despachando ejecución) de principal; 1.200 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado BROTHER CHEF, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
Y para que sirva de notificación en legal forma a BROTHER CHEF SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintiséis de abril de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/8.378/22)</texto>
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