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    <identificador>BOCM-20220628-81</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/06/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 4. Procedimiento 41/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>152</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
81Madrid número 4. Procedimiento 41/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. JOSE MOREIRAS CHAVES letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 41/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUIS TELLES PEREZ frente a GRUPO DEMOLICIONES LOGISTICA Y CONSTRUCCIONES SL y FOGASA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando la demanda de despido interpuesta por D. LUIS TELLES PEREZ frente a GRUPO DEMOLICIONES LOGISTICA Y CONSTRUCCIONES S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión declaro extinguida la relación laboral entre las partes y condeno a la empresa demandada a que indemnice al demandante con la suma de 3.506,39 euros, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (19-11-2021) hasta la fecha de la presente Sentencia a razón de 60,72 euros/día, deduciendo los salarios que haya podido percibir por empleos posteriores al despido; debiendo ABSOLVER a FOGASA sin perjuicio del art. 33 E.T., si bien, en cuanto a los salarios de tramitación, quedaría en todo caso limitada su responsabilidad hasta la citada fecha del cese efectivo en la empresa. 
Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO DEMOLICIONES LOGISTICA Y CONSTRUCCIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a siete de junio de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/12.032/22)</texto>
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