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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 169/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
69Móstoles número 1. Ejecución 169/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles, 
Hago saber: Que en el procedimiento 169/2022 (ejecución) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Guillermo Lozano Martín frente a SEGURSA 2000, SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
En Móstoles, a veinte de julio de dos mil veintidós..El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 13.5.2022, a la empresa SEGURSA 2000, SA en favor del/de los demandante/s D./Dña. Guillermo Lozano Martín y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ San Antonio 4-6, Planta 1 - 28931, el día 19/09/2022, a las 12:15 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este
Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de Notificación en legal forma a SEGURSA 2000, SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinte de julio de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/15.285/22)</texto>
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