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    <titulo>– Daganzo de Arriba. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
76Daganzo de Arriba. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público para general conocimiento que el Pleno del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, en sesión de 26 de octubre de 2022, aprobó inicialmente el expediente de modificación 2022_015 del presupuesto de 2022, mediante la modalidad de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, sometiéndolo a información pública. El referido acuerdo constituye un acto de trámite respecto del cual los interesados del artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente en la Intervención Municipal y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno en el plazo de quince días, a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado este anuncio, entendiéndose definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, si en el referido período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones. De presentarse, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas y se insertará resumido por capítulos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Daganzo, a 27 de octubre de 2022..El alcalde (firmado).
(03/21.047/22)</texto>
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