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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/11/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 388/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>275</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
113Madrid número 24. Procedimiento 388/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 388/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LIDIYA DIMITROVA STOYANOVA frente a BANCO DE ESPAÑA, D./Dña. MIGUEL JESUS PULPILLO VILLACAÑAS, D./Dña. MARIA ELENA PEIRO LOPEZ, D./Dña. JORGE LLORENS CARBONELL, D./Dña. ANA MARIA GOMEZ SANJUAN, D./Dña. MARIA LOURDES LOPEZ MARTINEZ y D./Dña. VIRGINIA SALVADOR FERNANDEZ sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
“PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. LIDIYA DIMITROVA STOYANOVA de la acción ejercitada en este procedimiento, suspendiéndose los actos de conciliación y juicio previstos en el dia de la fecha y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. LIDIYA DIMITROVA STOYANOVA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinticinco de octubre de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.761/22)</texto>
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