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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2022/11/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 3. Procedimiento 436/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>285</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 3
103Móstoles número 3. Procedimiento 436/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 3 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 436/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GREGORO GALISTEO HELGUERA, D./Dña. JUAN TARRAT ALCALDE, D./Dña. FABIO PABLO ROMOJARO LOPEZ, D./Dña. DANIEL HERRERA MATEOS, D./Dña. CARLOS BLITZ VIDAL y D./Dña. MARIA ISABEL HIRUELA GARCIA frente a CLUB DEPORTIVO BOADILLA SPORT CENTER EN LIQUIDACION SL, CLUB DEPORTIVO SPORT CENTER MANOLO SANTANA COMUNIDAD DE BIENES, CLUB DE TENIS LAS LOMAS SL, D./Dña. MARIA ISABEL SANTOS CEJUDO y D./Dña. RAFAEL SANTOS CEJUDO sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia de fecha 20-10-2022
Y para que sirva de notificación en legal forma A: CLUB DEPORTIVO BOADILLA SPORT CENTER EN LIQUIDACION SL, CLUB DEPORTIVO SPORT CENTER MANOLO SANTANA COMUNIDAD DE BIENES y CLUB DE TENIS LAS LOMAS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletin oficial de la comunidad de Madrid.
Por aplicación de la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, se hace saber a los interesados que dichas resoluciones están a su disposición en la Secretaría del Juzgado y que contra esta Sentencia cabe interponer Recurso de Suplicación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veinte de octubre de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.628/22)</texto>
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