<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20230426-44</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2023/04/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Titulcia. Régimen económico. Presupuesto general</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>98</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20230426-44</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/26/BOCM-20230426-44.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/26/BOCM-20230426-44.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/26/BOCM-20230426-44.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/04/26/BOCM-20230426-44.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>TITULCIA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE TITULCIA
RÉGIMEN ECONÓMICO
44Titulcia. Régimen económico. Presupuesto general
Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento para el 2023 y comprensivo aquel del presupuesto general de este Ayuntamiento, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

Plantilla de personal 
1.  Funcionarios;
a)	Administración General:
.	Secretaría-Intervención: 1 plaza, grupo A1/A2.
.	Auxiliar administrativo: 1 plaza, grupo C2.
b) Administración Especial:
.	Policía Local:
 Agente: 4 plazas, grupo C1.
2.  Personal laboral fijo:
.	Administrativo: 1 plaza.
.	Educadoras: 2 plazas.
.	Auxiliar Administrativo 1 plaza.
.	Encargado de Mantenimiento: 1 plaza.
.	Personal de Limpieza: 2 plazas.
3.  Personal laboral temporal:
a)	Administración General:
.	Auxiliar administrativo: 1 plaza .
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Titulcia, a 14 de abril de 2023..La alcaldesa-presidenta, Francisca Suárez Roldán.
(03/6.438/23)</texto>
</documento>