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    <fecha_publicacion>2023/05/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Trigésima. Procedimiento 255/1999</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>110</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
80Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Trigésima. Procedimiento 255/1999
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Trigésima
EDICTO
Doña Amelia González Tejerina, letrada de la Administración de Justicia de la Sección 30 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Doy fe: Que en el procedimiento ordinario 255/1999 consta dictada sentencia número 244/2010, de 12 de marzo de 2010, cuyo fallo contiene el tenor literal siguiente:
“Estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de D. Miguel San Román Gago, contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 27 de noviembre de 1998, por el que se dan por cumplidas las condiciones a que se hacía referencia en el acuerdo del Consejo de Gobierno de Comunidad de Madrid de 17 de abril de 1997, que aprueba definitivamente la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de abril siguiente, debemos anular y anulamos los particulares concernientes al vial aprobado definitivamente y objeto de impugnación en el presente procedimiento, declarando ajustadas a derecho los restantes pronunciamientos del acuerdo impugnado, sin hacer expresa imposición de las costas causadas”.
Y para su publicación, expido el presente edicto, que firmo.
En Madrid, a 26 de abril de 2023..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/7.240/23)</texto>
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