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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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AYUNTAMIENTO DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
63Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto de la convocatoria pública de los “Premios inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2023”, del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por decreto de 22 de mayo de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.
BDNS IDENTIF: 697460
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero.  Objeto
Los “Premios inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2023” buscan reconocer y dar visibilidad a las startups y profesionales que hayan destacado en plantear soluciones tecnológicas basadas en el uso de inteligencia artificial y otras tecnologías disruptivas. Esto fortalecerá el sector de la innovación tecnológica en Madrid visibilizando a los emprendedores más valiosos frente a todo el sector económico de la ciudad.
Segundo.  Beneficiarios
Podrán participar en los “Premios inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2023” emprendedores, microempresas y pequeñas empresas, con residencial fiscal en España, constituidas como tales, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003.
Deben estar constituidas en alguna de las siguientes formas jurídicas: (I) persona física: empresario individual o autónomo, emprendedor de responsabilidad limitada, o (II) persona jurídica: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral y cooperativas.
Tercero.  Bases reguladoras
Anexo al Decreto de 22 de mayo de 2023, del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de los “Premios inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2023” del Ayuntamiento de Madrid. Las bases íntegras de la convocatoria pueden consultarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos de 30 de octubre de 2013.
Cuarto.  Cuantía
El crédito total destinado a esta convocatoria se cifra en 480.000,00 euros, que serán imputables a la aplicación presupuestaria 001/141/463.00/482.03 “Premios” del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2023.
Se otorgarán 12 premios de 40.000 euros cada uno.
Los criterios de valoración son los especificados en el apartado 11 de las bases de la convocatoria.
Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará a las 23:59 horas del 2 de septiembre de 2023.
Sexto.  Órganos competentes
Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la persona titular de la Dirección General de Innovación y Emprendimiento y el delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.
Séptimo.  Resolución
El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo publicará la resolución definitiva de los premios concedidos, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y en la página web www.madrid.es
Octavo.  Abono de los premios
Una vez presentada la documentación requerida en el apartado 13 de las bases de la convocatoria, el premio será abonado a los ganadores mediante transferencia bancaria al número de cuenta que se facilitó al efecto en el documento “T” de alta de pago por transferencia en la documentación presentada.
Atendiendo al apartado 5.d) de la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, se procederá a practicar la retención fiscal que proceda, conforme a la normativa vigente, en el documento contable de reconocimiento de la obligación.
Madrid, a 22 de mayo de 2023..El delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.
(03/9.299/23)</texto>
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