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    <titulo>– Aranjuez. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
63Aranjuez. Régimen económico. Ordenanza fiscal
En virtud del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; transcurrido el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del anuncio de aprobación inicial y exposición pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, sin que se hayan presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación Municipal celebrado en sesión ordinaria el 15 de marzo de 2023, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo y se procede a la publicación del texto íntegro de las modificaciones de la ordenanza fiscal.
Se modifica el último párrafo del artículo 5.4 de la ordenanza fiscal que quedará redactado de la siguiente forma:
El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será, para cada período de generación, el máximo actualizado legalmente vigente en cada momento, de acuerdo con el artículo 107.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En el caso de que las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, u otra norma dictada al efecto, procedan a su actualización, se aplicarán de inmediato los coeficientes máximos legales.
Aranjuez, a 6 de junio de 2023..El concejal de Hacienda (firmado).
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