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    <identificador>BOCM-20230706-188</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2023/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Procedimiento 1049/2022</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
188Móstoles número 2. Procedimiento 1049/2022
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1049/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. FELIX RUIZ CABALLERO frente a FOGASA y CENTROSEGUR VIGILANCIA INTEGRADA SL, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Estimo la demanda y condeno a CENTROSEGUR VIGILANCIA INTEGRADA SL, a abonar a D. FELIX RUIZ CABALLERO, la cantidad de 1.202,23 euros, con más 120,22 euros en concepto de 10% de interés anual por mora.
Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CENTROSEGUR VIGILANCIA INTEGRADA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a siete de junio de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/10.525/23)</texto>
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