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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Disolución junta de compensación</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
57Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Disolución junta de compensación
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 1 de junio de 2023 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2022/14010, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero..Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución 1 del Área de Planeamiento Incorporado 21.10 “Casco de Barajas”, constituida como entidad urbanística colaboradora para la gestión del citado ámbito, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que haya sido presentada alegación alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y en el artículo 10.3 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid, así como en el artículo 47 de los Estatutos de la Junta de Compensación, aprobados por Acuerdo de 3 de octubre de 1996 del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Segundo..Dar cuenta a la Administración actuante, por parte de quienes ostentan los cargos de liquidadores, de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.
Tercero..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, con notificación individualizada a las personas interesadas.
Cuarto..Elevar el acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, según lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 13 de junio de 2023..La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/10.683/23)</texto>
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