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    <titulo>– Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BOADILLA DEL MONTE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
61Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Régimen Interior número 2850/2023, de 27 de junio, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
1.o  Aprobar la relación provisional completa de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso convocado por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la provisión definitiva, por el sistema de libre designación con convocatoria pública, del puesto de personal funcionario de Jefe de Servicio de la Unidad Orgánica “Intervención”, correspondiente a una plaza encuadrada en la Escala de Administración General/Administración Especial Superior/FHCN, Grupo A, Subgrupo A1, nivel de Complemento de Destino 28.
2.o  Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación exclusivamente de las personas aspirantes excluidas, así como las causas que motivaron su exclusión, estableciendo el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte como lugar donde se expondrán las relaciones provisionales certificadas y completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas.
3.o  Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación provisional de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán igualmente manifestarlo en el plazo señalado. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos serán definitivamente excluidos del proceso de selección.
4.o  Conforme a lo previsto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente resolución no cabe recurso alguno, dado que se trata de un acto de trámite.

En Boadilla del Monte, a 28 de junio de 2023..El primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(03/11.602/23)</texto>
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