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    <identificador>BOCM-20230714-105</identificador>
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    <fecha_publicacion>2023/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 885/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
105Madrid. Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 885/2018
SALA DE LO SOCIAL
Sección Cuarta
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección número 4 de lo Social.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 885/2018 de esta Sección de lo Social, seguido a instancia de Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) frente a AMBAR ODONTOLOGICA SL y otros, sobre Recurso de Suplicación se ha dictado la siguiente resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. ANA MARIA LOPEZ-MEDEL BASCONES
En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil veintitrés.
Visto que se han devuelto por la Sala de lo Social -Cuarta- del Tribunal Supremo las actuaciones en su día remitidas, con fecha 16-06-2023, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina, entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho Tribunal, habiendo sido remido previamente por el Registro General de esta Sala Oficio del Tribunal Supremo con entrada del 8-06-2023, adjuntando auto de aclaración que se une conjuntamente a la sentencia del citado Alto Tribunal en el lugar correspondiente, se dispone:
a) que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución, notificándose, en su caso, a las partes no personadas ante la misma.
b) que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta;
c) que, de conformidad con lo que establece el artículo 201.2 de la LRJS, se remitan las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen con certificación de la sentencia dictada por esta Sala y de la resolución de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
d) que, una vez consten recibidos los acuses de recibo del Juzgado y de la notificación a las partes de esta diligencia, se archive el rollo de suplicación dejando la debida nota en los Libros de esta Sala.
Procédase a la devolución del depósito de 600 euros, constituido par recurrir, por la empresa AMBAR ODONTOLÓGICA SL, conforme a lo acordado en el punto 6 del fallo de la sentencia del Alto Tribunal, requiérase a la citada entidad a fin de que en el plazo de cinco dias proceda a designar cuenta bancaria donde efectuarse por esta Sala su transferencia.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 LRJS).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D/DÑA ANCA STROE, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 19 de junio de 2023
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.063/23)</texto>
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