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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2023/07/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 9/2023</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>167</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
4Madrid número 18. Procedimiento 9/2023
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio inmediato sobre delitos leves 9/2023 entre CARREFOUR y D./Dña. JOSÉ IGNACIO LARRAÑAGA DÍAZ por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA N° 14/2023
En Madrid a 10 de enero de 2023, el Iltmo. Sr. Don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad Madrid, habiendo visto los autos de procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 9/2023, sobre el presunto delito de hurto, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados de CARREFOUR y JOSÉ IGNACIO LARRAÑAGA DÍAZ
FALLO
Que debo condenar y condeno a JOSÉ IGNACIO LARRAÑAGA DÍAZ, como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 15 días, con una cuota diaria de 2 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento, dejando sin efecto el depósito constituido sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.-Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo cual doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. JOSÉ IGNACIO LARRAÑAGA DÍAZ expido y firmo la presente.
En Madrid, a 14 de junio de 2023.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/11.252/23)</texto>
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