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    <identificador>BOCM-20230717-20</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CONSEJERÍA DE SANIDAD</departamento>
    <rango>CORRECCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2023/07/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2023/05/22</fecha_disposicion>
    <titulo>Convocatoria puesto
– Corrección de errores de la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Móstoles del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Cirugía General y del Aparato Digestivo en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>168</diario_numero>
    <seccion>I.  COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE SANIDAD</organismo>
    <organismo>HOSPITAL UNIVERSITARIO DE MÓSTOLES</organismo>
    <tipo_disposicion>CORRECCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE SANIDAD
HOSPITAL UNIVERSITARIO DE MÓSTOLES
20CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Móstoles del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Cirugía General y del Aparato Digestivo en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional.
Advertido error material en la Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Móstoles del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Cirugía General y del Aparato Digestivo en ese centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de junio de 2023), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la corrección de dicho error material:
Donde dice:
3.  Requisito de experiencia profesional:
Haber desempeñado plaza de la especialidad a la que concurra en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud o plaza en Hospital Universitario de Móstoles con programas acreditados para la docencia por la Comisión Nacional de la Especialidad o en Centro extranjero con programa reconocido para la docencia de postgrados en la especialidad correspondiente, por un período mínimo de cinco años.
A efectos del cómputo del tiempo, se sumarán los períodos de desempeño de plaza en diferentes Servicios y Hospital Universitario de Móstoles. En el caso de que se superpongan períodos de servicios prestados, solo se computará uno de ellos.
Debe decir:
3.  Requisito de experiencia profesional:
Haber desempeñado plaza de la especialidad a la que concurra en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud o plaza en Hospitales con programas acreditados para la docencia por la Comisión Nacional de la Especialidad o en Centro extranjero con programa reconocido para la docencia de postgraduados en la especialidad correspondiente, por un período mínimo de cinco años.
A efectos del cómputo del tiempo, se sumarán los períodos de desempeño de plaza en diferentes Servicios y Hospitales. En el caso de que se superpongan períodos de servicios prestados, solo se computará uno de ellos.
Donde dice:
1.1.  Formación especializada:
Facultativos especialistas que hayan cumplido el período de formación completo como residentes en Hospital Universitario de Móstoles con programa acreditado MIR en la especialidad de que se trate, o en un Centro extranjero con programa reconocido de docencia para posgraduados en la especialidad de que se trate: 10 puntos.
Calificación máxima del apartado 1.2: 10 puntos.
Debe decir:
1.2.  Formación especializada:
Facultativos especialistas que hayan cumplido el período de formación completo como residentes en hospitales con programa acreditado MIR en la especialidad de que se trate, o en un Centro extranjero con programa reconocido de docencia para posgraduados en la especialidad de que se trate: 10 puntos.
Calificación máxima del apartado 1.2: 10 puntos.
Hágase público para general conocimiento.
Recursos
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Gestión Económica de la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Dado en Móstoles, a 19 de junio de 2023..El Director-Gerente del Hospital Universitario de Móstoles, Manuel Galindo Gallego.
(03/12.087/23)</texto>
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