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    <titulo>– Ambite. Organización y funcionamiento. Ordenanza pista pádel</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AMBITE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
61Ambite. Organización y funcionamiento. Ordenanza pista pádel
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2023, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora del Funcionamiento de la Pista de Pádel Municipal y del precio público por la utilización de sus instalaciones. De conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento http://ambite.sedelectronica.es 
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.
Ambite, a 19 de septiembre de 2023..El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide Bravo.
(03/15.875/23)</texto>
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