<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20231106-51</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2023/11/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>264</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20231106-51</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/11/06/BOCM-20231106-51.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/11/06/BOCM-20231106-51.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/11/06/BOCM-20231106-51.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/11/06/BOCM-20231106-51.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
51Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Modificación presupuestaria
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión celebrada el 9 de septiembre de 2023, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo de aprobar el expediente de modificación de créditos y suplemento de crédito número 04-2023, financiado con cargo al remanente de Tesorería del ejercicio 2022, según el resumen siguiente:

El anterior importe queda financiado a cargo del Remanente de Tesorería libre del ejercicio 2022 de la siguiente forma:

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra este acuerdo recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Gargantilla, a 24 de octubre de 2023..El alcalde-presidente, Rafael García Gutiérrez.
(03/17.853/23)</texto>
</documento>