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    <titulo>– Perales de Tajuña. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
60Perales de Tajuña. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 19 de octubre de 2023 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
MODIFICACIÓN DEDICACIÓN CONCEJALÍA DE SEGURIDAD, CULTURA, DEPORTES, TURISMO, FESTEJOS, MUJER Y MAYORES Y RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se acuerda:
Primero..Modificar, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la prestación de servicios en régimen de dedicación parcial, pasando a ser de dedicación exclusiva el cargo de concejala de Seguridad, Cultura, Deportes, Turismo, Festejos, Mujer y Mayores, con una presencia efectiva de 37,5 horas.
Segundo..Aprobar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 75 bis de régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales y del personal al servicio de las Entidades Locales de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y según la disposición adicional nonagésima de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de Estado, que se reproduce literalmente:
“De conformidad con lo previsto en el artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, según la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y considerando lo dispuesto en el artículo 22 de la presente Ley, el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que, en su caso, tengan derecho aquellos funcionarios de carrera que se encuentren en situación de servicios especiales, será el que se recoge a continuación, atendiendo a su población”, la propuesta de Alcaldía de asignación de retribuciones, en función del régimen de dedicación propuesto, de las cantidades especificadas a continuación:

Tercero..Publicar de forma íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el Acuerdo del Pleno, adoptado previo Informe de Intervención, a los efectos de su general conocimiento.
Asimismo, publicar la resolución en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://ayto-peralestajuna.sedelectronica.es ).
Cuarto..Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de Personal e Intervención para su conocimiento y efectos.
Perales de Tajuña, a 24 de octubre de 2023..El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.
(03/17.829/23)</texto>
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