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    <titulo>– El Atazar. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>EL ATAZAR</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
45El Atazar. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
El pleno del Ayuntamiento de El Atazar, por unanimidad de los concejales asistentes a la sesión plenaria, procede a la adopción del siguiente acuerdo:
Primero..El Pleno del Ayuntamiento hace una delegación genérica en el señor alcalde las siguientes materias:
a)	Solicitar subvenciones y ayudas con carácter general, aprobar y tramitar la documentación de dichas subvenciones por decreto de Alcaldía, con arreglo a la normativa aplicable.
b)	La aprobación de los proyectos de obras y servicios, cuando sea competente para su contratación o concesión (el Pleno), y cuando aún no estén previstos en los presupuestos [artículo 22.2 ñ)] de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Segundo..El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme al apartado 2 del artículo 51, del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.
El Atazar, a 27 de octubre de 2023..El alcalde, Daniel Lozano Herranz.
(03/18.453/23)</texto>
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