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    <identificador>BOCM-20240830-19</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2024/08/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion>2024/08/20</fecha_disposicion>
    <titulo>Regulación personal docente
– Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 19 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de listas extraordinarias permanentemente abiertas para la selección de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
19RESOLUCIÓN de 21 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la Resolución de 19 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de listas extraordinarias permanentemente abiertas para la selección de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
Por Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 254, de 25 de octubre de 2023), se establecieron las bases reguladoras que han de regir en las convocatorias de listas extraordinarias permanentemente abiertas para la selección de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 11 y 12 del Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid, que fue aprobado expresa y formalmente en virtud del Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo de 2023).
Transcurrido un curso escolar desde que se aprobaron las mismas, y se puso en marcha el procedimiento, se considera que procede hacer alguna modificación que, si bien no incide ni en el espíritu de las mismas, ni en su funcionamiento general, puede contribuir a agilizar la integración de los aspirantes en estas listas, haciéndolas más operativas y consiguiendo mayor eficacia en su formación, lo que, sin duda, contribuirá a garantizar la rápida cobertura por personal interino de los puestos que se necesiten. Por ello y, en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General
RESUELVE
Único
Modificación de la Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General  de Recursos Humanos, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de listas extraordinarias permanentemente abiertas para la selección de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid
La Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, se modifica en los siguientes términos:
Uno.  Se modifica el párrafo primero de la base 6.2 en los siguientes términos:
6.2.  Admisión de los participantes:
Una vez presentada la solicitud y baremados los méritos de cada participante de las diferentes especialidades convocadas, se procederá a notificar individualmente al interesado su condición de admitido o no admitido, indicando la puntuación obtenida en el baremo de méritos.
No obstante, en aquellos casos en que el elevado número de aspirantes admitidos lo aconseje, la notificación se podrá realizar a través del dictado de una resolución única que contenga los aspirantes admitidos, con su respectiva puntuación, y los excluidos en los cuerpos y especialidades convocadas. Esta resolución se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid, https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/lista-extraordinaria-interinos-docentes , y, con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal+educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia “Profesorado Interino”, “Formación de listas extraordinarias”, “Listas extraordinarias permanentemente abiertas de profesores interinos”.
Tanto contra la exclusión como contra la baremación de méritos de los aspirantes admitidos podrá presentarse alegaciones en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación, en su caso, o a la publicación de la resolución a la que hace referencia en párrafo anterior, mediante la aplicación que se encuentra en la ruta indicada en la base segunda, apartado 2.2.
Para la práctica de las notificaciones, en caso de que se realicen por esta vía, se empleará el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, para lo cual el candidato debe estar dado de alta en el mismo, de acuerdo a lo dispuesto en la base octava.
Desde el momento en que, por parte de la Dirección General de Recursos Humanos se notifique o publique la admisión al aspirante, este podrá entrar en la Plataforma de Asignación de Docentes Interinos (PADI) y solicitar la asignación de las necesidades que allí se publiquen.
El acceso a la aplicación PADI se realizará a través del enlace disponible en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/listas-extraordinarias-docentes , y con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: “Profesorado Interino”, “Convocatorias extraordinarias”.
El hecho de ser nombrado como funcionario interino derivado de las presentes listas, no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento, pudiendo en cualquier momento y previa audiencia al interesado, ser excluido, decayendo de todos los derechos, si se observara la falta de alguno de ellos.
Dos.  Plataforma de Asignación de Docentes Interinos (PADI):
Todas las remisiones realizadas en la Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, a la Aplicación Remota de Gestión de Sustituciones (AReS) deberán entenderse realizadas a la Plataforma de Asignación de Docentes Interinos (PADI), que ha sustituido a la anterior.
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 21 de agosto de 2024..El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.
(03/13.605/24)</texto>
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