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    <titulo>– Collado Mediano. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO
RÉGIMEN ECONÓMICO
66Collado Mediano. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana, por acuerdo del Pleno, de 17 de octubre de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los medios de comunicación escrita diaria y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la ordenanza municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento: https://aytocolladomediano.sedelectronica.es/transparency/ 
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de la mencionada ordenanza sin necesidad de acuerdo expreso.
En Collado Mediano, a 21 de octubre de 2024..La alcaldesa, María de la Sierra Serrano Flórez.
(03/17.041/24)</texto>
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