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    <titulo>– Daganzo de Arriba. Régimen económico. Ordenanza cuota tributaria IBI</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>DAGANZO DE ARRIBA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
64Daganzo de Arriba. Régimen económico. Ordenanza cuota tributaria IBI
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2024, acordó la modificación de la Ordenanza F-1 Reguladora de la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 30 de octubre de 2024..El alcalde-presidente (firmado).
(03/17.762/24)</texto>
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