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    <fecha_publicacion>2024/11/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>270</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
89Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Acuerdo de la Junta General de 28 de octubre de 2024, de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, por el que se aprueba inicialmente la ordenanza municipal que regula la recogida y transporte de residuos para una economía circular de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya.
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal Reguladora de la recogida y transporte de residuos, para una economía circular, de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, por acuerdo de la Junta General de 28 de octubre de 2024, de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de esta Mancomunidad (dirección https://vallenortelozoya.sedelectronica.es/transparency ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Lozoyuela, a 31 de octubre de 2024..La presidenta, Eva María Gallego Berzal.
(03/17.796/24)</texto>
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