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    <titulo>– Villanueva de la Cañada. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
106Villanueva de la Cañada. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 10 de octubre de 2024, acordó la aprobación inicial de la modificación de crédito número 9, en su modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito.
Tras su publicación provisional y de conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, una vez transcurrido el plazo de exposición al público, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en dicha sesión, este se eleva a definitivo.
Concesión de suplementos de crédito y crédito extraordinario aprobados, resumidos por capítulos:

El total importe anterior queda financiado por el remanente de Tesorería para gastos generales:

Contra la aprobación definitiva de esta modificación presupuestaria podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Villanueva de la Cañada, a 13 de noviembre de 2024..El alcalde, Luis Manuel Partida Brunete.
(03/18.622/24)</texto>
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