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    <fecha_publicacion>2024/11/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES LAS VEGAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES LAS VEGAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
91Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas. Régimen económico. Modificación presupuestaria
Elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 7/2024, suplemento de crédito para PMORVG SMV (expediente 2069/2024), aprobado por el Pleno de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas, al no haberse presentado reclamaciones durante el período de exposición pública del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace pública la modificación presupuestaria del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, que detalla a continuación:
.	Expediente de modificación presupuestaria 2069/2024. Modificación presupuestaria. Modalidad suplemento de crédito.
Contra el acto de aprobación definitiva de la modificación de créditos del presupuesto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
San Martín de la Vega, a 21 de noviembre de 2024..El presidente de la Mancomunidad “Las Vegas”, Javier Pizarro Vinagre.
(03/19.385/24)</texto>
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